2019
Revocado el despido de una trabajadora que el mismo día reclamó las vacaciones a su jefe
Despedir a una trabajadora el mismo día que exige a sus jefes disfrutar de sus vacaciones en una fecha concreta desprende indicios suficientes para convertir el despido en nulo por represalias, incluso si la empleada realizó la queja de palabra y luego no llegó a formalizar la reclamación por escrito.
Así lo ha confirmado la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en una reciente sentencia, de 23 de octubre, disponible en este enlace. El Alto Tribunal apunta que anunciar posibles reclamaciones justo antes de ser despedida es indicio suficiente para considerar que se vulneró la garantía de indemnidad de la empleada por parte de la empresa, derecho fundamental recogido en el artículo 24 de la Constitución.
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El conflicto con la empresa tuvo lugar en 2015, cuando se acercaban los meses de verano. Los trabajadores del departamento preguntaron a su jefe sobre cómo se distribuirían las vacaciones. El jefe respondió que estaban obligados a disfrutar de tres semanas seguidas de vacaciones sólo en verano, siempre entre junio y septiembre. Dos empleadas no se mostraron de acuerdo, y decidieron quejarse in situ al departamento de Recursos Humanos.
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De las dos trabajadoras, una llevó el caso a tribunales por considerar que había sido despedida como represalia por ejercer su derecho a queja. En primera instancia el juez estimó la petición de la trabajadora y declaró el despido nulo: la carta de despido entregada no justificaba correctamente los motivos del despido, y en todo caso, era flagrante que la decisión se trataba de una represalia ante el anuncio de reclamación realizado verbalmente por la empleada, hecho corroborado por la testifical aportada.
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