2019
Requisitos de despido por causa organizativa
La Inspección de Trabajo realiza un requerimiento a una empresa obligándola a emplear a dos trabajadores con discapacidad en cumplimiento de la cuota de reserva a favor de los mismos. Como consecuencia de ello, la empresa despide a una trabajadora por causas objetivas de carácter organizativo, alegando que la incorporación de dichos trabajadores a la plantilla conlleva inevitablemente un sobredimensionamiento y duplicidad de tareas insostenible para la ella. La trabajadora solicita la declaración de improcedencia de su despido al entender que su puesto de trabajo no ha sido realmente amortizado, sino que ella ha sido sustituida por un trabajador con discapacidad.
La cuestión consiste en determinar si se cumplen las exigencias acerca de la razonabilidad y justificación de la extinción objetiva de carácter organizativo. La empresa considera que dicho cese vino motivado por un requerimiento de la ITSS conforme al cual debía emplear a dos trabajadores con discapacidad por aplicación de una norma legal; siendo que tal infracción vino dada por un incumplimiento realizado por la empresa, quien debió haber cumplido en su momento tal obligación de reserva de puestos a este colectivo.
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