2018
Plan de igualdad impuesto unilateralmente por empresa: Nulidad
El Tribunal Supremo declara que es nulo el plan de igualdad implantado de forma unilateral en una empresa de más de 250 trabajadores, donde es requisito imprescindible la negociación y el acuerdo con los representantes de los trabajadores.
Tras las negociaciones fallidas del plan de igualdad en una empresa de más de 250 trabajadores, el empresario decide implantarlo de forma unilateral, comunicando esta decisión al comité de empresa junto con el propio plan y la fecha de entrada en vigor.
La Sala declara que el plan de igualdad es declarado nulo, siendo la actuación empresarial, además, constitutiva de una vulneración de la libertad sindical
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