2017
El convenio público que obliga al nuevo licitador a heredar trabajadores es nulo
Es nulo el contrato público que exige asumir los trabajadores que venían prestando el servicio antes. Así lo ha establecido el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de Madrid en una resolución de gran trascendencia para las empresas que contratan con la Administración. Para el tribunal, es nulo al no estar previsto en el convenio colectivo de aplicación, no estar fundado en ninguna motivación objetiva y suponer una desventaja a la hora de licitar para las empresas interesadas respecto de la adjudicataria anterior.
Según la resolución, admitir lo contrario supondría que, a través de sucesivas subrogaciones de personal no pactadas convencionalmente, la Administración se colocaría en la posición de empleador, pero sin capacidad de negociación, al ser un tercero en las relaciones laborales entre empresa y trabajadores.
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