2018
Es nulo el acuerdo con los directivos para pasar salario fijo a variable
Son nulos los acuerdos alcanzados entre la empresa y su personal directivo para convertir parte de su retribución fija en variable, al tratarse de un acuerdo colectivo y a pesar de que las retribuciones que se encuentren por encima de convenio colectivo.
Así, lo determina la Audiencia Nacional en sentencia de 15 de febrero de 2018, de la que es ponente el magistrado Bodas Martín, en la que se considera que se ha producido una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo. Además, la celebración de negociaciones individuales en masa, vulnera la libertad sindical de los demandantes en su vertiente de negociación colectiva, asegurada por los artículos 28.1 y 37.1 de la Constitución.
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En el caso en litigio, la empresa, escasos días después de la conclusión del periodo de consultas, promovió negociaciones individuales en masa con los directivos, cuyos salarios superaban los 45.000 euros anuales, conviniéndose con ellos que porcentajes relevantes de su salario fijo, sin distinguir concepto alguno pasarían a convertirse en salario variable durante un periodo muy dilatado, lo cual constituye un quebranto retributivo muy relevante, que se liquidaría en 2020, 2021 y 2022, siempre que su pago no comportase que la empresa tuviese resultados negativos en cada ejercicio o se alcanzasen los ratios de capital exigibles a la Entidad.
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