2018
Límites al código ético de una empresa
La Audiencia Nacional (AN) señala que aunque una empresa puede fijar códigos éticos de forma unilateral, éstos no pueden ir en contra de la legislación, el diálogo social o la negociación colectiva, vulnerando, en este caso, el derecho a la intimidad y a la libertad de expresión de los trabajadores al exigirles una comunicación previa y autorización de la empresa para participar en actividades profesionales ajenas a la actividad, o para divulgar información sobre esta, ya que excede el poder de dirección y vigilancia de la empresa.
La empresa demandada ha elaborado unilateralmente un código ético y de conducta en el que se recogen los principios de actuación que se han de seguir en el desempeño profesional que, entre otras cuestiones, ha establecido la prohibición de desarrollar actividades profesionales que puedan suponer una merma en el desempeño, la necesidad de una autorización expresa previa para cualquier contacto con medio de comunicación de cualquier clase.
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