2025
La justicia recuerda a las empresas que no pueden solicitar requisitos extra para dar permisos de cuidados a familiares
La Audiencia Nacional ha fallado en contra de una empresa que requería a sus trabajadores que cuando solicitasen el permiso retribuido de cinco días para hacerse cargo de un familiar tuvieran que demostrar su grado de convivencia con este para concedérselo. En una sentencia fechada el pasado 31 de enero, la sala de lo social recuerda a la compañía, que tenía interiorizada esta práctica, que el empleado solo está obligado a demostrar este grado de relación cuando la persona de la que quiere hacerse cargo no sea su cónyuge, pareja de hecho o pariente de segundo grado.
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En el texto la Sala recuerda que tanto el anteproyecto de la Ley de Familias, como el posterior proyecto de ley, como la exposición de motivos del real decreto de 2023 se refieren a la posibilidad de “ampliar” el derecho a otros sujetos ―pareja de hecho, personas vinculadas a la misma y terceros convivientes― y no de “limitar” el mismo únicamente a los convivientes.
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