2013
El juez concursal puede dictar despidos con efecto retroactivo
El juez de lo mercantil puede adoptar durante el procedimiento de concurso medidas laborales colectivas con eficacia retroactiva en función de las circunstancias concurrentes, dado que la Ley Concursal no limita las facultades judiciales para ello. Por ello, la Administración no podrá negarse a satisfacer al afectado por la decisión del juez su prestación por desempleo correspondiente a los meses anteriores al dictado del auto.
Lo recoge una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, de 27 de julio de 2012, de la que es ponente el magistrado González Rodríguez. En ella se estima el recurso planteado por una trabajadora en un caso en que el juez de lo mercantil aprobó una suspensión de contrato con eficacia retroactiva, lo que, según el fallo, "coloca al trabajador afectado en situación legal de desempleo".
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