2019
La jornada reducida del trabajador recorta los complementos salariales
El complemento de productividad pagado por la empresa debe reducirse en proporción a la reducción de jornada de los trabajadores con jornada reducida, según establece el Tribunal Supremo, en una sentencia de 11 de septiembre de 2019.
Estima el ponente, el magistrado Blasco Pellicer, que "la finalidad prevista por el legislador de las reducciones de jornada por guarda legal o cuidado de familiares se satisface con la posibilidad de disfrutar de la reducción del tiempo de trabajo en los términos legalmente previstos y sin que de este disfrute pueda desprenderse un perjuicio que exceda del propio que la ley contempla que se limita, obvio es decirlo, a la "disminución proporcional del salario", tal y como establece el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Esta disminución afecta tanto al salario base como a los complementos salariales ligados a la duración de la jornada.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección