2018
El Fogasa indemnizará también a los empleados que cesen tras no aceptar un traslado
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea obliga al Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a asumir las indemnizaciones de los trabajadores que abandonen la empresa tras obligarles a trasladarse para continuar con su empleo. De este modo, la sentencia, dictada hoy, incluye esta situación en las "modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo", que dan lugar a esta protección cuando el empresario es insolvente.
"Aunque corresponde a los países determinar qué indemnizaciones están a cargo de la institución de garantía, dicha determinación debe respetar el principio de igualdad y de no discriminación", subraya el fallo. De este modo, rechaza que las situaciones comparables reciban un trato diferente, "a no ser que éste responda a una justificación objetiva".
Por ello, el Tribunal de Justicia considera que los trabajadores que optan por la extinción del contrato de trabajo en caso de traslado por decisión del empresario a un centro de trabajo distinto, que exija cambios de residencia, se encuentran en una situación comparable a la de los trabajadores que optan por la extinción del contrato de trabajo debido a las modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo. "También se decantan por la extinción debido a que el empresario lleva a cabo modificaciones sustanciales de sus condiciones de trabajo que el legislador español ha considerado que no se les pueden imponer, ya que en ambos casos ha previsto que el trabajador pueda optar por la extinción del contrato de trabajo y que reciba, además, una indemnización", explica el magistrado Jarasiunas, ponente del fallo.
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