2017
La empresa debe prevenir los conflictos entre empleados
Empresas y Administraciones Públicas están obligadas a adoptar las medidas adecuadas en materia de prevención laboral que eviten y prevengan situaciones de conflicto, discusiones y violencia psicológica entre los empleados de sus plantillas.
Así, lo determina la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en una sentencia de 20 de noviembre de 2017, en la que se dictamina que "la deuda de seguridad se conceptúa como un derecho del trabajador a que su actividad productiva no tenga riesgo y el desarrollo de los de producción y reproducción sean igual de seguros".
La sentencia hace preciso establecer medidas para clarificar roles, funciones, categorías jerárquicas y, sobre todo, formas de actuar y comportarse, así como la necesidad de establecer un protocolo de acoso psicológico/sexual.
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El TSJ ha confirmado una sentencia previa del Juzgado de lo Social, por la que se condena al Ayuntamiento de Figueres a abonar a una policía de la Guardia Urbana 25.000 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios derivados de una situación de conflictos personales con sus compañeros, prolongada durante varios años.
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La sentencia relata diferentes episodios de denuncias cruzadas de injurias, comentarios despectivos y amenazantes en Facebook, coacción, prevaricación, acusaciones falsas, acoso laboral, etc.
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