2019
Despedido por difundir en WhatsApp un vídeo de su superior haciendo deporte
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha confirmado el despido de un trabajador que insultó, grabó y posteriormente difundió por WhatsApp y Facebook un video de su superior sin su consentimiento mientras hacía deporte fuera de las horas de trabajo.
La sentencia lo ha calificado de procedente al constatar indicios suficientes de gravedad en la actitud del trabajador que sobrepasan los límites de la libertad de expresión y que provocaron que recibiera burlas de otros empleados. “La intención del trabajador exige un claro ánimo de injuriar”, explican los magistrados.
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El tribunal recuerda que la jurisprudencia ha establecido que el artículo 20 de la Constitución española proclama la libertad de expresión y de pensamiento e ideas “pero no los insultos o calificativos degradantes” que pueden estar tolerados dentro del contexto de una conversación amistosa, pero no con el afán de herir a alguien. El ataque del trabajador, por tanto, “debe computar una gravedad suficiente para entender que la convivencia entre ambas partes no resulte ya posible en la empresa”. Así, los magistrados aprecian una intención clara por parte del trabajador de difundir el video, pues finaliza el mismo diciendo: “Esta es la versión que nos da un responsable de personal a un paciente”.
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