2018
Cómputo de antigüedad de trabajadores fijos discontinuos
El Tribunal Supremo declara que, a efectos complemento salarial y la promoción profesional de los trabajadores fijos discontinuos se computan para el cálculo de la antigüedad solo los servicios efectivamente prestados, salvo que el convenio colectivo de aplicación diga otra cosa.
(…)
En el caso resuelto por la sentencia de contraste el convenio de aplicación habla de la prestación de «servicios efectivos», por lo que cabe concluir que en el convenio ha optado por el cómputo del tiempo de prestación de servicios efectivos y no por el de vinculación a la empresa, siendo esta solución interpretativa la que más se adecúa al sentido prístino del premio por antigüedad, cuyo objeto es premiar la mayor permanencia del trabajador en la empresa por la mayor experiencia que se adquiere con la estabilidad en el empleo, así como la lealtad que supone no cambiar de empresa llevando a otra los conocimientos adquiridos.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección