2015
El comprador de una empresa en liquidación hereda la deuda laboral
Las deudas con la Seguridad Social se heredarán siempre. Así lo establecen las enmiendas del Grupo Popular en el Congreso al proyecto de ley de medidas urgentes en materia concursal, a las que ha tenido acceso Expansión, que quieren poner coto al desafío de los jueces que estaban dictando que estas deudas no se heredan. El Gobierno tramita como proyecto de ley el Decreto concursal que aprobó en septiembre –y que está en vigor desde entonces–, que dicta que quien compre una empresa en quiebra asume la deuda con la Seguridad Social que ésta acumule. Abogados, empresas y jueces han mostrado su preocupación con esta medida, que su juicio dificulta e, incluso, imposibilita, la venta de la unidad empresarial, y destruye empleo.
Sin embargo, los jueces se estaban ateniendo a un resquicio que abre la redacción del Decreto para no aplicar la medida, ya que dice que es una norma supletoria, por lo que el juez puede no aplicarla si las partes no se pronuncian. Y es lo que estaba sucediendo y lo que el Gobierno corta ahora de raíz.
La venta de la unidad productiva constituye una alternativa beneficiosa y preferible a la liquidación individualizada de todos los activos, al cese de la actividad empresarial y despido de los trabajadores. Esta fórmula permite la continuidad del negocio en manos de un nuevo propietario y el mantenimiento de la totalidad o parte de los puestos de trabajo, tanto directos como indirectos y, en definitiva, de la actividad económica y, con ella, del devengo de impuestos y cotizaciones. Estaba siendo muy utilizada en casos como Cacaolat, Indo, Cubigel, Texsa, Clínica del Pilar o clubes de fútbol, por ejemplo.
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