2020
Los ceses por no superar el periodo de prueba durante el Covid computan para el ERE
Las extinciones por no superar el periodo de prueba durante los meses de la pandemia computan como despidos a efectos de un ERE. Así lo ha confirmado el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de País Vasco en una sentencia en la que declara nulos los ceses de hasta 65 trabajadores de una empresa que fueron expulsados poco después de que estallara la pandemia en nuestro país.
Según recoge el fallo, la empresa, dedicada a la instalación y mantenimiento de redes de telecomunicacion, contaba con una plantilla de 180 trabajadores. Sin embargo, entre el 16 de marzo y el 3 de abril de 2020, se deshizo de un total de 65. Seis de ellos tenían contratos temporales que fueron extinguidos. Otros 25 empleados fueron expulsados presuntamente por no haber superado el período de prueba. A los otros 34, la compañía les despidió disciplinariamente por disminución de rendimiento y les pagó una indemnización.
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Los magistrados determinan que las extinciones estaban enmarcadas dentro de un despido colectivo encubierto, ya que la empresa ejecutó 65 despidos sin cobertura legal sobre una plantilla de 180 empleados. Al no haber cumplido con los trámites recogidos en la ley, las expulsiones pasan a ser nulas.
Como indica la sentencia, después de realizar los ceses, la compañía presentó ante la autoridad laboral una solicitud de expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor causada por la crisis sanitaria. En este sentido, el TSJ opina que esta petición debería rechazarse, ya que la actividad económica de la entidad “no quedó interrumpida ni limitada por la declaración del estado de alarma”.
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