2018
Cálculo de descuentos salariales tras una huelga
Los trabajadores, cuya jornada está fijada en 1.800 horas, secundaron una huelga durante algunos días de los meses de noviembre y diciembre. En las siguientes nóminas la empresa realiza los descuentos salariales correspondientes a los días en los que cada trabajador estuvo en huelga. Para calcular el valor de la hora la empresa divide el salario anual entre las 1800 horas de trabajo efectivo, multiplicando el resultado por las horas no trabajadas el día de huelga según el turno en el que le correspondía prestar servicios a cada trabajador. Disconformes con esta forma de cálculo, los trabajadores interponen demanda de reclamación de cantidad ante el juzgado de lo social que estima la demanda, y por ello, la empresa interpone recurso de suplicación ante el TSJ.
La cuestión a debatir consiste en determinar cómo se han de calcular los descuentos salariales en caso de huelga.
La Sala, tal y como establece la sentencia de instancia, considera que el cálculo de la hora ordinaria debe realizarse dividiendo el salario anual, menos los días de vacaciones, festivos y descanso por las horas de jornada anual y su resultado multiplicarlo por las horas concretas de huelga realizadas.
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