2017
Un abogado del TJUE asegura que una empresa puede obligar a trabajar hasta 12 días seguidos
Un abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado (…) que una empresa puede obligar a un empleado a trabajar hasta doce días seguidos si se cumplen las normas sobre descanso diario y duración máxima de trabajo semanal. El letrado considera que el día de descanso que tiene que concederse a los trabajadores no tiene que ser obligatoriamente el séptimo día después de seis días de trabajo consecutivos.
Las conclusiones del abogado danés Saugmandsgaard Oe responden a la cuestión elevada por la Audiencia de Oporto sobre un ciudadano portugués que demandó a la empresa en la que había trabajado por haber acumulado actividad durante siete días consecutivos en más de una ocasión. Esta persona solicitó una indemnización equivalente a las horas extraordinarias trabajadas.
La normativa europea actual estipula que todos los trabajadores deben disfrutar por cada periodo de siete días de un periodo mínimo de descanso ininterrumpido de veinticuatro horas, a las que se añadirán las once horas de descanso diario.
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Así, el abogado general concluye que puede obligarse al trabajador, en principio, a trabajar hasta doce días consecutivos, siempre y cuando se cumplan las demás disposiciones mínimas de la directiva, en particular las relativas al descanso diario y a la duración máxima de trabajo semanal. Esto sucedería si el día de descanso se concede en el primer día del primer periodo de siete días y el último día del segundo periodo de siete días.
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