2022
Un jefe es condenado a pagar 90.000 euros por humillar a dos representantes sindicales
Los damnificados eran representantes sindicales y el jefe convocó una asamblea en la que los señaló y atacó personalmente como causantes de las modificaciones laborales que debía introducir, con el único propósito de revocar sus mandatos, lo que finalmente consiguió.
Los representantes de los trabajadores de este asunto fueron humillados y sometidos a un escarnio público, fueron aislados en su entorno laboral, - pues a ningún trabajador le conviene que se le relacione con ellos, apunta la sentencia-, y fueron degradados en sus condiciones de trabajo.
Todo sucedió en dos reuniones públicas celebradas delante de toda la plantilla de empleados, en las que se atentó gravemente, no solo contra el derecho a la libertad sindical, sino también contra la integridad moral y dignidad de los empleados ofendidos.
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Está sobradamente acreditado el daño moral infringido a la dignidad dentro del entorno laboral y el daño patrimonial que ha supuesto la pérdida definitiva de su trabajo; pero el TSJ pone el acento en lo burdo de la conducta empresarial y eleva la cuantía de la indemnización para darle una finalidad disuasoria, no solo respecto a los dos trabajadores afectados, sino también respecto a todos los trabajadores de la empresa, porque la conducta empresarial atendida su gravedad, merece un superior reproche económico al empresario.
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