2022
Un teletrabajador puede compensar, sustituir o desplazar los días de asistencia a la oficina
La ley del trabajo a distancia permite que la empresa requiera la presencia del teletrabajador en la oficina, aunque no estuviese previsto, por necesidades de la organización empresarial. Eso sí, como ha precisado la Audiencia Nacional en una reciente sentencia, esto no significa que esos días en los que el trabajador acude presencialmente cuando le correspondería teletrabajar no deban ser compensados o sustituidos por otro.
Y es que, como se explica en la sentencia, la decisión unilateral de la empresa de negar al empleado la posibilidad de compensar o sustituir los días que ha acudido a la oficina ante necesidades imprevistas, supondría una alteración del porcentaje de teletrabajo pactado. Asimismo, la Audiencia Nacional también ha establecido en su resolución que la empresa no puede eludir su obligación de abonar los gastos en los que incurre el trabajador por prestar servicios a distancia, justificando que están compensados con el ahorro que supone el teletrabajo.
El caso concreto resuelto por la Audiencia Nacional se refiere a la impugnación de cuatro cláusulas del acuerdo individual de teletrabajo aplicable a los trabajadores del Grupo Endesa.
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