2022
El Supremo avala que las empresas absorban pluses para limitarse a pagar el salario mínimo
El Tribunal Supremo avala que las empresas absorban complementos salariales de antigüedad para amortiguar en sus balances la subida del salario mínimo interprofesional (SMI). Es decir, si actualmente un trabajador cobra 975 euros (965 euros del SMI y 10 euros más por trienios) es lícito que la compañía, ante el inminente incremento del salario mínimo a 1.000 euros, le suba el sueldo 'solo' a 1.000 euros y no a 1.010 euros (que saldrían de sumar SMI más los trienios). Así lo ha dictado el alto tribunal en una sentencia fechada del 26 de enero de este año en la que los magistrados de la sala de lo social optan por la interpretación más restrictiva para el trabajador y más beneficiosa para el empresario, que puede ahorrarse parte de los costes salariales de aquellos empleados peor remunerados siempre que no se lo limite el convenio colectivo de aplicación.
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Los magistrados de la Sala de lo Social se apoyan en la interpretación de que el salario mínimo juega un papel de "garantía salarial mínima" para los trabajadores por cuenta ajena, según define el Supremo, y que las empresas no tienen la obligación de superar dicha linde si no lo han pre acordado antes vía negociación colectiva.
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Los magistrados de la Sala de lo Social consideran que apoyar la tesis de los sindicatos hubiera implicado suplantar el papel negociador de patronales y centrales, en tanto que "vulneraría el papel de la negociación colectiva como espacio natural para la fijación de los salarios".
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