2023
Una sentencia recuerda que para aplicar el teletrabajo a la plantilla debe negociarse con los sindicatos
El acuerdo de teletrabajo impuesto unilateralmente por la empresa es nulo si no se negocia con los sindicatos. Así lo reconoce una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia al resolver el recurso de suplicación interpuesto por Central Unitaria de Traballadores/as (CUT) contra la imposición de Peugeot Citroën de la regulación del trabajo a distancia durante la Covid. En diciembre de 2020, la empresa estableció el teletrabajo para su plantilla mediante un acuerdo individual de adhesión que contenía las condiciones de su aplicación. La compañía puso en marcha este sistema con una regulación unilateral excluyendo de su negociación al sindicato demandante y a los representantes sindicales.
El fallo considera que la elaboración unilateral del acuerdo regulador del teletrabajo supone una vulneración por la empresa del derecho constitucional a la libertad sindical. Esta actuación empresarial “limita la posibilidad real de negociación individual por las personas trabajadoras”, señalan los magistrados.
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