2015
Pillar a dos empleadas sin cumplir con su trabajo no basta para despedir
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha confirmado la improcedencia del despido de dos trabajadoras a las que un supervisor sorprendió incumpliendo sus tareas. Se trataba de dos empleadas de la empresa concesionaria que daba servicio en los trenes de Renfe.
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Durante su viaje pudo comprobar que las empleadas no cumplían con todo el protocolo de los servicios que Renfe había acordado con la concesionaria: no se le ofreció toallita, ni el menú, ni le dieron opción a elegir los complementos del desayuno, entre otros detalles.
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Todo ello provocó una sanción pecuniaria de Renfe a la empresa concesionaria calificando de falta grave los incumplimientos en el servicio contratado. La empresa, que decidió despedir a las trabajadoras por este motivo, dio a entender que los hechos fueron causa de que perdieran la adjudicación en favor de otra compañía, algo que el TSJ niega.
Tanto la sentencia de instancia como ahora el tribunal madrileño han considerado improcedentes los despidos, señalando que la imposición de sanciones debe ser gradual y proporcional.
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