2013
La tramitación de un ERE no requiere una entrega masiva de información a los representantes de los trabajadores
Una reciente sentencia de la Sala de lo Social, de fecha 28 de octubre, de la que ha sido ponente el señor Bodas Martín, dada a conocer hoy por el diario Expansión, establece criterios sobre la documentación que puede exigirse a una empresa en la fase de negociación de un ERE.
Según el diario, la Audiencia Nacional da la razón a la empresa y rechaza que los reproches de los representantes de los trabajadores, que decían no haber recibido toda la información demandada durante la negociación del período de consultas, estuvieran justificados.
La sentencia defiende que “deberán aportarse todos los documentos que permitan que el período de consultas alcance sus fines”, pero este objetivo “no se alcanza mediante una solicitud de documentación abrumadora e indiscriminada, sino que es preciso alegar, en el período de consultas, por qué se solicitan otros documentos no contemplados por la ley o el reglamento”.
Adicionalmente, la Audiencia Nacional analiza la situación económica de la empresa y señala que “la nueva regulación [laboral] ya no pivota, como antes, sobre la crisis de la empresa, sino que apuesta, sobre todo, por la mejora de su competitividad y productividad, así como por su mejor adaptabilidad a los requerimientos de la demanda”.
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Lea la de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (28-10-2013)
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