2024
Seis años encadenando becas no bastan para probar una relación laboral encubierta
No se puede dar por hecho que una persona que encadena becas de formación durante años es una trabajadora encubierta. No es suficiente sostener que tienen un perfil profesional desarrollado ni que en determinadas publicaciones se la presente como trabajadora. Tampoco que haya realizado las funciones de algunos de sus compañeros durante sus ausencias. Las pruebas de que existe una relación laboral tienen que ir más allá, por ejemplo, si realiza el control de la jornada laboral como otros empleados, que es una de las claves para demostrarlo.
Así lo ha estimado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en una sentencia de 29 de abril en la que desestima un recurso de suplicación de una becaria de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) que desde 2017 ha encadenado seis años en tres convocatorias de becas de formación que se han ido prorrogando.
(…)
Un punto clave es el control de la jornada laboral. Los magistrados destacan en el escrito que la becaria no registraba su jornada de trabajo con el sistema de fichaje propio del personal de la UCM. Y creen que se ha demostrado que su actividad no era necesaria para el funcionamiento o gestión de la UCM, ya que esta no se veía afectada por la existencia o no becarios.
“Al no concurrir las notas propias de una relación laboral, no estando ante una relación laboral encubierta, habiendo dedicado esencialmente a realizar actividades relacionadas con su formación como becario, procede desestimar el motivo y el recurso, confirmando la sentencia recurrida”, concluye la resolución.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección