2019
La publicidad en Facebook vale como prueba para el despido
La publicidad incluida en Facebook, o en otra red social, es prueba admisible por los tribunales para demostrar que el trabajador está realizando competencia desleal con su empresa, aunque no se pueda demostrar que se trate de una actividad remunerada.
Así, lo determina en una sentencia, de 13 de febrero de 2019, del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en la que se determina que en estos casos se debe sobreentender que la actuación del empleado no es por amistad o vecindad, porque la aportación de materiales no se puede presumir gratuita.
Considera el ponente, el magistrado Jiménez Fernández, que la aportación de materiales implica no solo la actividad necesaria para la instalación, sino también que la actividad no se puede presumir como realizada a título gratuito, "máxime si ello se corresponde con la actividad que el actor ofertaba a través de Facebook, por lo que cabe apreciar que se trataba de trabajos ejecutados concurriendo ilegalmente con la actividad de la empresa", concluye el ponente.
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