2022
Es lícito un despido por causas productivas u organizativas y contratar en otro centro laboral en la misma provincia
Es ajustado a derecho un despido objetivo, cuando concurren causas productivas y organizativas, y la empresa en el mismo periodo de tiempo ha procedido a la contratación de trabajadores a través de ETT, en otro centro de trabajo de distinta localidad pero de la misma provincia.
Así, lo establece el Tribunal Supremo, en sentencia de 11 de enero de 2022, en la que establece que el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores (ET) no impone al empresario la obligación de agotar todas las posibilidades de acomodo del trabajador en la empresa, ni está obligado, antes de hacer efectivo el despido a destinar al empleado a otro puesto vacante de la misma.
La ponente, la magistrada Segoviano Astaburuaga, razona que la decisión extintiva debe constituir una medida racional en términos de eficacia de la organización productiva que sea proporcional y adecuada a los fines que se pretenden conseguir.
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