2022
Un juez avala que una madre deje de ir a trabajar durante las vacaciones escolares de su hijo
La pandemia del coronavirus ha complicado aún más el difícil equilibrio entre trabajo y vida personal. Sobre todo, para los trabajadores con hijos menores. ¿Qué hacer si los niños no pueden quedarse con otros familiares durante la jornada laboral o las vacaciones de verano como consecuencia del virus?
Para esta circunstancia se aprobó el plan me cuida, vigente al menos hasta el próximo 28 de febrero, que permite a los trabajadores pedir una adaptación de horario o acogerse a una reducción de hasta un 100 % de la jornada para atender a sus hijos o familiares dependientes y evitar así la transmisión comunitaria del Covid. Sin embargo, a la hora de la verdad, las empresas no siempre consideran justificada la propuesta. Este tira y afloja ha provocado algunos pleitos en los que los tribunales han ido dibujando los criterios aplicables. Como la decisión del Juzgado de lo Social número 4 de Valladolid que avala una reducción integra de la jornada laboral durante las vacaciones escolares a favor de una madre que alegó que la abuela del menor padecía cáncer y no podía hacerse cargo de su hijo como en otras ocasiones.
El fallo, de septiembre de 2021, avala la solicitud de la trabajadora por ajustarse a uno de los supuestos de la norma, esto es, que la persona que se encarga del cuidado de los menores no pueda seguir haciéndolo “por causas justificadas relacionadas con el Covid-19”. Y la grave enfermedad padecida por la abuela del menor, cáncer de pulmón, es un motivo más que justificado según el juzgado.
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El juez da finalmente la razón a la empleada porque su situación tiene encaje en otra de los supuestos previstos expresamente en el plan me cuida. Esto es, “porque las personas que hasta el momento se venían encargado del cuidado o asistencia directos del hijo menor de la trabajadora no pueden seguir haciéndolo por causas justificadas relacionadas con el Covid-19”.
El riesgo que puede asumir la abuela del menor es un motivo más que suficiente para considerar justificada la solicitud, estima el magistrado. En la sentencia, no entra a valorar las dificultades organizativas del centro de trabajo (de las cinco empleadas, tres estaban de baja o con reducción de jornada) porque la empresa las alegó en juicio cuando la empleada ya no podía rebatir estos argumentos. No obstante, apunta el juez, no cambiarían la decisión tomada. “Aun considerándolos y que fueran reales, no integrarían una situación enervatoria de la medida de conciliación solicitada en cuanto que aparece justificada, tal y como se ha analizado”, sentencia el magistrado.
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