2022
Es ilegal registrar los ordenadores en el trabajo sin previo aviso
Firmar un pacto de confidencialidad con la empresa no faculta a la compañía para intervenir de forma sorpresiva el ordenador u otros dispositivos informáticos del trabajador. Aunque estos sean propiedad del patrón y un compañero haya denunciado la deslealtad del empleado. Esta es la razón por la que el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia ha confirmado en una reciente sentencia la improcedencia del despido de un jefe de seguridad, fulminado tras encontrarse en su ordenador pruebas de traspaso de clientes a la competencia.
El fallo rechaza así el recurso interpuesto por la compañía, que invocó su derecho a controlar los medios empresariales facilitados a los trabajadores. Sin embargo, subraya el tribunal, este poder de dirección debe ejercerse con respeto a la intimidad de los componentes de la plantilla. Ello implica la obligación de advertirles sobre la posible intervención de sus dispositivos informáticos. Sin esta comunicación, “los medios de prueba derivados de tal actuación no pueden ser válidos para acreditar la conducta ilícita del trabajador”, concluye.
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