2018
¿Entrar en prisión es sinónimo de dimitir en el trabajo?
El Tribunal Supremo considera que trabajador y empresa deben negociar la situación laboral cuando exista una condena, ya que de otra forma la compañía podría despedirle por ausentarse de su puesto. Álvaro (nombre ficticio) pasó ocho meses en prisión. Al quedar en libertad, se dispuso a reincorporarse a su antiguo empleo, pero se encontró con que la compañía le había preparado la liquidación meses antes por ausentarse sin justificación de su puesto de trabajo.
En primera instancia, la compañía fue condenada a readmitirle o a indemnizarle con algo más de 30.000 euros, ya que el despido fue declarado improcedente. La empresa recurrió y, finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha se decantó a favor del empleador. El conflicto llegó hasta el Supremo, quien finalmente ha establecido que, si no hay ningún tipo de comunicación o negociación, el empresario no tiene obligación de guardar el puesto al trabajador cuando exista una condena en firme, hasta el punto de que se puede considerar que él mismo ha dimitido.
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Aunque a la empresa le sea comunicada la decisión del juez, el Supremo insiste en que si el trabajador no hace ningún tipo de comunicación o negocia de algún modo con la compañía o muestra su intención de continuar de alguna manera con la relación laboral en el futuro, entonces la empresa puede proceder al despido.
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