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2022

La depresión tras una decisión de traslado de centro de trabajo injustificada es accidente laboral

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha calificado de accidente laboral aquella dolencia psíquica padecida por un trabajador generada a consecuencia de la comunicación empresarial de traslado de un centro de trabajo sito en Bilbao a la sede en Valencia.

La sentencia, de 24 de mayo de 2022, destaca que la decisión empresarial de traslado inmediato fue un “factor estresor suficiente” como para provocar una situación de ansiedad en un trabajador que no tenía antecedentes psiquiátricos.

El trabajador prestaba sus servicios para una compañía aseguradora en un centro de trabajo sito en Bilbao.

En junio de 2019, para sorpresa del empleado, la compañía le remitió una comunicación anunciándole su traslado a Valencia a partir de julio de ese mismo ejercicio. Consecuencia de lo anterior, el hombre cayó en situación de incapacidad temporal por trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo.

(…)

En junio de 2021, el Juzgado de lo Social n.º 5 de Bilbao desestimó la demanda interpuesta por la mercantil en el procedimiento sobre determinación de contingencia de incapacidad temporal, confirmando la resolución administrativa de INSS que declaraba que la citada incapacidad temporal iniciada por trastorno adaptativo con estado de ánimo depresivo tenía la consideración de accidente de trabajo.

No conforme con tal conclusión, la aseguradora recurrió en suplicación solicitando que se declarase que la contingencia era común.

(…)

Pese a los argumentos de la aseguradora, la Sala de lo Social del TSJ del País Vasco ha llegado a la misma conclusión que la Magistrada-Juez del Juzgado de Bilbao.

“Los datos que ofrece la sentencia no permiten alcanzar conclusión distinta que la de la instancia, ya que consideramos que una decisión empresarial de traslado inmediato –en menos de un mes– desde Bilbao a Valencia de un trabajador que según la empresa lleva 30 años de servicio puede ser un factor estresor suficiente para provocar una situación de ansiedad en un trabajador sin antecedentes psiquiátricos”, interpreta el Tribunal.

Lea la noticia completa en Economist & Jurist, 15-10-2022

Consulte la sentencia completa de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (24-05-2022)

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