2022
Declarado nulo el despido de una trabajadora tras manifestar su intención de reducir su jornada
Despedir a una trabajadora porque ha anunciado su intención de acogerse a su derecho a la reducción de jornada por cuidado de hijo, es discriminatorio, aunque no medie una solicitud formal. Con este argumento el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha declarado la nulidad del despido de una empleada, que se produjo pocos días después de que esta informara a la empresa de que iba a pedir una reducción de jornada. Además de la readmisión de la trabajadora, la empresa deberá pagarle una indemnización de 25.000 euros por vulneración de derechos fundamentales.
Y es que la empleada, que llevaba ocho meses de baja, envió un correo al departamento de recurso humanos para comunicarles que había pedido el alta médica y que en tres días se reincorporaba a su puesto. En dicha comunicación aprovechó también para comentar que a partir de septiembre iba a solicitar la reducción de jornada por cuidado de hijo.
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El tribunal ha señalado que, aunque el correo electrónico que envió no fuera una solicitud formal de reducción de jornada, lo relevante para el caso es la reacción de la empresa despidiéndola días después de dicha comunicación. Los magistrados han valorado en su fallo que existían suficientes indicios de que la decisión extintiva fue fruto del anuncio de la intención de la trabajadora de solicitar una reducción de jornada por cuidado de hijo.
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