2013
Contrato temporal de obra y servicio determinado vinculado a la duración de una contrata
Existen numerosas sentencias del Orden Jurisdiccional Social (muchas de ellas del Tribunal Supremo, habiéndose generado, por ende, auténtica jurisprudencia), en las que se acepta la validez y eficacia de las cláusulas contractuales que limitan la duración del contrato de trabajo a la vigencia de una contrata, aun cuando se trate de una actividad ordinaria de la propia empresa contratista.
En efecto, si bien es cierto que esta circunstancia de limitación temporal de los contratos de trabajo no está expresamente prevista en nuestra legislación, ha venido siendo pacíficamente aceptada y admitida por nuestra jurisprudencia, tal y como se refleja, por ejemplo, en la Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 4 de mayo de 2.006, dictada en el recurso de casación para la unificación de doctrina número 1155/2005, así como en otras muchas anteriores del mismo Tribunal (algunas de ellas citadas en la referida resolución).
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