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2012

José A. Herce: La divisoria de aguas del mercado de trabajo (13-3-2012)

Uno de los malentendidos más frecuentes sobre la capacidad de las reformas estructurales del mercado para crear empleo se refiere a la temporalidad de estos efectos. Poco a poco se abre paso en el debate la constatación de que este tipo de reformas no crean empleo a corto plazo, incluso pueden destruirlo si se aplican por una de sus vertientes más peliagudas que es la de la reducción de los costes del despido. Pero también se acepta que a medio y largo plazo sus efectos deben ser beneficiosos.

La temporalidad de los efectos de toda reforma estructural es ineludible: un corto plazo problemático, al menos en potencia, y un medio y largo plazo prometedor, igualmente en potencia. Un balance positivo, en definitiva, a fiado. Pero también hay una contrapartida a corto plazo de ese balance, eso sí, inmaterial: la confianza. Como ven todo cogido con alfileres.

En la reforma del mercado de trabajo, que el Gobierno adoptó por Real decreto Ley 3/2012 el pasado 10 de febrero, ha pasado algo desapercibida una de sus principales motivaciones: hacer la economía más competitiva. Los análisis de la misma han versado fundamentalmente sobre las implicaciones para el empleo derivadas de los ajustes de plantillas y la flexibilización de las condiciones salariales, de jornada, funcionales, etc. que sufrirán los trabajadores.

José A. Herce es socio de Afi (Analistas Financieros Internacionales)

(Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el telefono 934 196 212 o en esta sección)

Áreas de actividad

Empresas

03.03.2011
Empresas

Nuestro despacho profesional está especializado en asesoramiento laboral a empresas, tanto en sus relaciones de carácter colectivo como individual.

Altos directivos

18.01.2012
Altos directivos

Ofrecemos asesoramiento legal para definir y concretar el marco contractual más adecuado entre los altos directivos y las empresas.

Autónomos

18.01.2012
Autónomos

Asesoramiento jurídico en la formalización de los contratos de arrendamiento de servicios entre empresas y profesionales autónomos económicamente dependientes.

Servicios

Asesoramiento laboral permanente para empresa

28.08.2014
Asesoramiento laboral permanente para empresa

Con la iguala o tarifa fija mensual damos un servicio continuo de asesoramiento laboral. La empresa dispondrá de un departamento jurídico permanente sin los costes de una asesoría interna.

Externalización del área de Recursos Humanos

27.08.2014
Externalización del área de Recursos Humanos

Aportamos el soporte necesario para asumir la administración o supervisión de las áreas de personal de pequeñas y medianas empresas.

Informe de situación en materia de personal para empresas

28.08.2014
Informe de situación en materia de personal para empresas

Constatar que no existen errores en la aplicación de la legislación laboral resulta de gran importancia para las empresas a fin de evitar graves problemas.

Apoyo en la externalización de actividades de la empresa

28.08.2014
Apoyo en la externalización de actividades de la empresa

Asesoramos y redactamos los documentos legales necesarios para que las empresas formalicen el outsourcing de áreas de su propia actividad.

Negociación convenio colectivo de empresa

05.01.2017
Negociación convenio colectivo de empresa

Nuestro despacho acompaña a las empresas desde el primer momento, abordando desde el inicio del proceso de negociación del convenio colectivo las diversas etapas de su desarrollo.

Apuntes de Dolores Sanahuja Cambra

Nota Informativa sobre la Ley 2/2023, de 20 de julio, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción

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Nota informativa sobre la nueva reforma laboral

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Con carácter general, el Real Decreto-Ley 32/2021 entra en vigor el 31 de diciembre de 2021, ello sin perjuicio de las excepciones de aplicación que la propia norma recoge para determinadas materias y que en este resumen se indican.

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Cualquier sistema telemático que posibilite comunicar por escrito a un trabajador su despido, indicándole la fecha de efectos y los motivos del mismo con la amplitud que sea necesaria y que permita acreditar la efectiva notificación de dicha comunicación, es un canal adecuado.