2022
El TSJMU reconoce el derecho a disfrutar de un permiso laboral al registrarse como pareja de hecho
El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) ha estimado el recurso interpuesto por una trabajadora y reconoce su derecho a disfrutar de permiso o licencia establecido en el convenio colectivo, en las mismas condiciones que un matrimonio y condena a la entidad empleadora a pasar por tal declaración, o, en su caso, al abono de una cantidad sustitutoria equivalente al salario de dichos días.
Partiendo de la Ley 7/2018 de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma y de la Ordenanza del Ayuntamiento de Yecla de 2003, el TSJMU hace una interpretación “en armonía con la normativa constitucional” y declara que “la pareja de hecho, legalmente constituida, debe mantener los mismos beneficios administrativos y jurídicos que el matrimonio”.
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Como alegaba la recurrente, los magistrados entienden que “dicha normativa da a las parejas de hecho la misma consideración jurídica y administrativa que da a los matrimonios, equiparando ambas instituciones” a pesar de que el convenio colectivo aplicable, anterior a la legislación autonómica y municipal aplicable, no lo recoja expresamente.
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