2022
Un tribunal reconoce como accidente laboral la caída de un teletrabajador en la cocina de su casa
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce, a través de una sentencia, como accidente laboral el sufrido por un trabajador en régimen de teletrabajo, en la cocina de su domicilio cuando bebía agua. A diferencia del Juzgado de Instancia, la Sala considera que el lugar de trabajo no es solo la mesa, la silla y el ordenador, aislado de todo lo que le rodea, sino que es el espacio físico configurado como su domicilio particular que consta como lugar de trabajo.
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El accidente tuvo lugar en horario de trabajo y dentro del espacio físico configurado como su domicilio particular, y fue consecuencia de una actividad normal en la vida laboral, - beber agua en el lugar que se supone tiene un acceso más fácil-, y en un recinto habitual, la cocina.
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Los magistrados recalcan que el sitio de trabajo no es un compartimiento estanco y aislado de todo lo que le rodea como se quiere hacer ver. Por ello, los magistrados rechazan la tesis de la sentencia de instancia que desestimó la demanda al hacer una estricta interpretación de lo que debe entenderse como lugar de trabajo, mediante la que delimitaban el puesto concreto que físicamente se ocupa, constituido, básicamente, por una mesa, una silla y un ordenador en un domicilio particular.
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