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2022

Un trabajador readmitido tiene derecho a las vacaciones que generó durante su despido nulo

Una vez que el despido se declara nulo se reestablece el vínculo laboral con todos los derechos que se derivan para el trabajador, incluidas las vacaciones. Así lo ha reconocido el Tribunal Supremo en un caso en el que a una trabajadora se le negó el disfrute de los días de vacaciones generados en el período que trascurrió desde su despido nulo hasta su readmisión.

En la sentencia se explica que, si bien la empleada no prestó sus servicios durante ocho meses, no fue por voluntad propia sino porque la empresa decidió cesarla injustamente. Por tanto, y dado que la declaración de nulidad del despido implica la restitución de todos sus derechos como trabajadora, no se le puede perjudicar por esa suspensión de la actividad involuntaria. En consecuencia, el tribunal ha aclarado que en lo que se refiere a las vacaciones en esos meses la relación laboral no se rompió, aunque ella no trabajara.

De este modo, el alto tribunal confirma que lo relevante, en cuanto al derecho a las vacaciones de la empleada, no es tanto que el desarrollo efectivo del trabajo provoque la necesidad de descansar, sino que la falta de prestación de servicios sea decisión de la empresa. De hecho, tal y como se especifica en la resolución, se aplicaría la misma solución tanto en el despido improcedente en el que se opte por la readmisión, como en el nulo, ya que en ambos casos la suspensión de la actividad no depende del trabajador.

Lea la noticia completa en Cinco Días, 04-08-2022

Consulte la sentencia completa de la Sala Cuarta de lo Social del Tribunal Supremo (12-07-2022)

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