2015
El Supremo avala que empresa y trabajadores pacten aplazar la indemnización de los despidos de un ERE
El Supremo ha avalado que empresa y trabajadores pacten aplazar el pago de parte de la indemnización de los despidos de un ERE en determinadas circunstancias.
El alto tribunal tiene en cuenta que en el caso examinado el acuerdo redujo el número de trabajadores afectados por el ERE (de 131 a 116), estableció una indemnización mejorada y superior a la legal, y que al momento de dictarse la sentencia de primera instancia la compañía había desembolsado ya la totalidad de las indemnizaciones, es decir, las cuantías iniciales más las aplazadas, según un comunicado del CGPJ.
(…)
El acuerdo estableció que los trabajadores afectados percibirían una indemnización superior a la mínima legal, de 25 días salario por año de servicio con tope máximo de 14 mensualidades, acordando el pago de 12.000 euros a la fecha de la extinción, y el resto en tramos de 12.000 euros hasta llegar al tope pactado en plazos de 120 días. Sin embargo, doce trabajadores demandaron tanto a la empresa como a los comités de empresa al no aceptar el acuerdo de pago aplazado de la indemnización.
(…)
El Supremo (…) concluye que en el supuesto particular concreto en que existe un acuerdo colectivo, que reduce el número de afectados, mejora la indemnización mínima legal, y además consta que ya se ha abonado en su totalidad a todos los afectados, dicho acuerdo es lícito.
Si desea efectuar alguna consulta profesional en materia de derecho laboral relacionada con empresas, altos directivos o autónomos puede pedir cita en el teléfono 934 196 212 o en esta sección