2015
El Tribunal Supremo ve delictivo el uso de la tarjeta de empresa en gastos particulares
«El más elemental sentido común impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos personales». Así de rotunda se ha mostrado la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo en una sentencia notificada, y en la que se imponen penas de prisión por apropiación indebida al administrador solidario de tres empresas y a su esposa, que trabajaba de administrativa de las mismas, por la utilización de la Visa de empresa para pagos como la instalación del aire acondicionado en su domicilio.
Aunque la compañía no haya fijado un límite para el uso de este tipo de tarjetas, la Sala de lo Penal del alto tribunal señala que no deben emplearse «para gastos personales que no puedan revestir la naturaleza de gastos de representación, y que sean ajenos al ámbito de la empresa que la sufraga», y ello «sin necesidad de limitación expresa de quien haya autorizado su uso».
El tribunal considera que en el caso enjuiciado el uso de esta tarjeta debe considerarse apropiación indebida y no administración desleal, porque el desvío hacia el patrimonio privado de los fondos confiados al administrador para gastos de representación «se realizó con vocación de apropiación permanente».
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