2015
La falta de aclaraciones sobre la documentación puede anular el despido
No explicar adecuadamente la documentación aportada para justificar un despido colectivo, aunque ésta sea la correcta, puede ser suficiente para que un tribunal considere no probadas las causas alegadas, y, por tanto, para calificarlo como contrario a derecho, según determina una sentencia del Tribunal Supremo (TS), de 20 de mayo de 2015.
La presentación de la documentación, según el texto, "no excluye que haya de ser valorada en el proceso por el órgano jurisdiccional competente según las reglas de la sana crítica". La información aportada no sólo debe ser la legalmente requerida, sino que además aclararse suficientemente "su contenido, calidad o alcance".
Esta exigencia, afirma el ponente, el magistrado Luelmo Millán, no sólo permite al Tribunal valorar las circunstancias del caso, sino que además habilita a la otra parte en litigio plantear las cuestiones que considere necesarias.
En el caso juzgado, el TS confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que declara nulo el despido colectivo efectuado en una empresa que se encontraba en situación de concurso de acreedores. Tras el recurso de los representantes de los trabajadores, el fallo declaró que sus causas no habían quedado "fehaciente e inexcusablemente probadas".
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