2014
El Supremo anula un ERE tras usar una forma societaria fraudulenta
Intentar llevar a cabo un despido colectivo que afecte a toda una plantilla con el fin de liquidar esa empresa y traspasar la actividad a una segunda sociedad íntimamente relacionada con la primera puede salir caro a sus socios. El Supremo acaba de confirmar la condena a dos personas físicas y una segunda sociedad a cargar con las consecuencias del ERE llevado a cabo en la primera de ellas.
Así lo determina el Tribunal Supremo, en un fallo con fecha de 29 de enero de 2014, de la que es ponente la magistrada Arastey Sahún. El fallo aplica la llamada doctrina del levantamiento del velo para desmantelar la situación del conjunto de sociedades, y asegura que se utilizó fraudulentamente una forma societaria, por lo que condena a la segunda empresa y a los dos socios a responder solidariamente.
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Lea la de la Sala de lo Social de tribunal Supremo (29-1-2014)
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