2019
La empresa puede reclamar el salario pagado de más incluso pasado un año
La empresa puede reclamar a sus trabajadores los salarios pagados de más incluso un año después de haber sido abonados. Así lo determina el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco, en una sentencia que valida el descuento en las nóminas que realizó la compañía, a pesar de que había transcurrido un plazo superior a doce meses desde el error.
Para el TSJ, y en contra de lo que alegaron los trabajadores, no es de aplicación el plazo de prescripción general que establece el artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores (ET). Dicho precepto determina que “las acciones derivadas del contrato de trabajo que no tengan señalado plazo especial prescribirán al año de su terminación”.
En su lugar, explican los magistrados, la equivocación en el abono de los salarios constituye lo que el Código Civil define como el cobro de lo indebido, una figura que “sitúa al que cobró [el monto percibido sin tener derecho a ello] en la obligación de devolverlo”.
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