2019
La empresa deberá pagar el incentivo si fija un objetivo imposible
El hecho de que uno de los objetivos introducidos para el cálculo del bonus sea de imposible cumplimiento por parte de los trabajadores, no anula el sistema de incentivos en su conjunto, sino únicamente dicho ítem. Eso sí, tal y como establece la Audiencia Nacional, el castigo ante un objetivo inalcanzable es darlo por íntegramente cumplido por los empleados.
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Según explica la sentencia, el establecimiento de un sistema de bonus o incentivos es una manifestación más del poder de dirección y organización del empresario, así como de la libertad de empresa. Por ello, no cabe admitir la impugnación del conjunto del mismo. Eso sí, los magistrados recuerdan que las normas generales sobre contratos determinan la nulidad de las “condiciones imposibles” (artículo 1.116 del Código Civil) y, además, obligan a tener “por cumplida la condición cuando el obligado impidiese voluntariamente su cumplimiento”.
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