2019
La nueva adjudicataria hereda la plantilla y la deuda salarial
La empresa que se hace nueva adjudicataria de una contrata hereda la plantilla de trabajadores de la anterior y también las deudas salariales de la anterior. El Tribunal Supremo aplica así la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que estableció en su sentencia de 11 julio de 2018.
El Supremo rectifica así el criterio que sostenía hasta ahora. Precisamente, en una sentencia de 7 de abril de 2016 estableció que la nueva adjudicataria que debe subrogarse en los trabajadores de la anterior empresa por mandato del convenio colectivo, lo debe hacer con los requisitos y límites que el mismo establece, sin responder de las deudas contraídas por la adjudicataria anterior con sus trabajadores, previa a la asunción de la contrata por la nueva.
Sin embargo, ahora, en una sentencia de 27 de septiembre de 2018, establece que hay transmisión de empresa encuadrable en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores (ET) si la sucesión de contratas va acompañada de la transmisión de una entidad económica entre las empresas saliente y entrante.
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