2019
La nueva contrata no está obligada a asumir la plantilla si lo esencial para trabajar es el material
El Tribunal Supremo establece que una nueva contrata no está obligada a asumir la plantilla de la anterior si lo esencial de la actividad es la infraestructura material que necesita para desarrollarse. De este modo, la sentencia, de 26 de octubre de 2018, determina que no hay sucesión de plantilla cuando la actividad precisa de "una infraestructura de medios materiales significativa e imprescindible".
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El Supremo entiende que cuando el servicio objeto de la contrata no descansa esencialmente en la mano de obra, no se produce una sucesión en la plantilla. El fallo determina que esto sucede cuando la actividad no puede calificarse, en sí misma, como trabajos en los que la mano de obra sea el elemento esencial y determinante para su ejecución, ya que requiere de elementos materiales específicos que no solo complementan, sino que se presentan como imprescindibles y necesarios para que los trabajadores puedan atender el servicio.
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