2022
Fraude tras la reforma laboral: aumenta la extinción de los contratos antes de la finalización del período de prueba
Desde que se aprobó la reforma laboral en diciembre del año pasado se han apreciado cambios importantes en la estructura del mercado laboral, en especial en lo que respecta al porcentaje de contratos indefinidos. En diciembre de 2021, esta modalidad de contratación representaba el 10% del total, mientras que en la actualidad alcanzan el 50%. El mayor incremento se ha registrado en los contratos fijos discontinuos, que han aumentado de manera exponencial.
De este medo, se estaría cumpliendo uno de los principales objetivos marcados por el Gobierno cuando aprobó la reforma laboral: reducir la temporalidad del empleo en España, lo que se traduciría en una mejor calidad del empleo. En cierto modo, parece que se estaría cumpliendo lo que dijo tras la aprobación de la reforma la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en un chat en el que contestó preguntas de los ciudadanos: “Se acabó lo de despedir el viernes y contratar el lunes”.
Esto está siendo así, pero parece que los diablos que se esconden en los detalles de la reforma laboral han empezado a salir a la luz y que se están manifestando a través de una cuestión que no fue tocada en el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre: la inclusión de un periodo de prueba en los contratos indefinidos.
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Durante la mesa redonda Cambios concretos y reales en la reforma laboral, organizada por este medio dentro de Spain Legal Expo, Estela Martín, directora de Comunicación y Responsabilidad Social Corporativa de SincroGo, ya advirtió que uno de los problemas que presenta la reforma laboral es que el periodo de prueba no se ha regulado, lo que “puede dar lugar a fraude”. Este fraude consistiría, a su juicio, en que las empresas pueden hacer contratos indefinidos con periodos de prueba y, argumentando que la persona contratada no ha pasado la prueba, extinguir el contrato.
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Estela Martín señalaba en este texto que existía la posibilidad de que hubiera empresas que utilizaran el periodo de prueba como una suerte de contrato temporal fraudulento, es decir, contratar indefinidamente pero fijando el periodo de prueba con la intención de darlo por finalizado por no superación del periodo de prueba independientemente del rendimiento del trabajador”.
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