2021
Expulsar a un empleado que se retracta de su dimisión es un despido improcedente
La decisión del empresario de no dejar entrar al trabajador que se arrepintió de su dimisión constituye un despido improcedente. Así lo ha determinado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en una sentencia en la que ha resuelto que la retractación del empleado fue lícita.
La dimisión del empleado se produjo tras una reunión a la que fue convocado por el gerente al finalizar la jornada. En este encuentro el jefe le recriminó una serie de irregularidades que, según él, había cometido en el trabajo, y le dio dos opciones: ser despedido disciplinariamente y que la empresa le denunciara por lo sucedido, o bien, renunciar voluntariamente al trabajo. Ante esta tesitura, el trabajador escogió dimitir y en ese mismo momento redactó y firmó de su puño y letra su baja voluntaria.
Sin embargo, tres días más tarde el empleado cambió de opinión y remitió un correo y un burofax a la empresa en los que se retractaba de su dimisión declarándola nula y sin efecto.
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Para el tribunal andaluz resulta incuestionable que la decisión de baja voluntaria se tomó en un contexto de estrés laboral y ansiedad. Efectivamente, tuvo lugar en una reunión en el despacho del gerente al final de la jornada de un viernes sobre las 22 horas, en la que no contó con la presencia de ningún representante de los trabajadores ni de ningún otro trabajador, y en la que se le expuso la posibilidad de ser denunciado por la vía penal.
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