2022
La empresa debe dar a los sindicatos información salarial completa para controlar posibles brechas
Desde el pasado mes de marzo todas las empresas de más de cincuenta trabajadores deben contar con un plan de igualdad en el que incluir un registro retributivo. Su negociación pone sobre la mesa un tema que ya ha sido tratado por los tribunales en numerosas ocasiones: los límites del deber de información de las empresas con los representantes de los trabajadores sobre los salarios pactados con los empleados por encima de los mínimos de convenio.
Ante la colisión entre los derechos de información de la representación sindical y el de protección de datos de los trabajadores, según indica Agustin Benavent, counsel del área laboral de Ceca Magán, los tribunales se inclinan por obligar a las empresas a dar toda la información sobre los distintos conceptos que generan esa mejora del sueldo sobre los mínimos legales. Por tanto, además del salario base, deben incluirse todos los complementos y percepciones extrasalariales - identificados con su denominación, naturaleza e importe - percibidos por los trabajadores de cada grupo profesional o puesto de trabajo.
En este sentido, recientemente la Audiencia Nacional ha determinado que los boletines de cotización a la Seguridad Social deben entregarse a los representantes de los trabajadores sin omitir ningún dato y sin necesidad de consentimiento de los empleados. En la sentencia se establece que se deberán aportar incluso datos de carácter personal de los trabajadores, siempre que resulten esenciales para que el delegado sindical vigile y controle que la empresa cumple las normas, en este caso, relativas a la Seguridad Social.
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