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Marco laboral

El Constitucional refuerza la protección de los trabajadores frente a despidos por represalia tras reclamaciones laborales

El Tribunal Constitucional ha determinado que serán nulos los despidos motivados por represalias hacia trabajadores que ejercen la defensa de sus legítimos intereses laborales, incluso cuando dichas reclamaciones se hayan efectuado ante la representación de los trabajadores y no directamente en sede judicial. Así se recoge en la nota informativa n.º 69/2025 del propio tribunal, fechada el 10 de septiembre de 2025, que comunica la existencia de una sentencia con importantes repercusiones sobre la garantía de indemnidad y la tutela judicial efectiva en el marco de las relaciones laborales.

(…)

El trabajador solicitaba la intermediación del Comité debido al incumplimiento de sus condiciones laborales, amparándose en la función de vigilancia de la normativa laboral reconocida en el apdo. 7.a). 1º del artículo 64 del Estatuto de los Trabajadores.

El demandante sostenía que la extinción de su contrato bajo estas circunstancias vulneraba su derecho a la tutela judicial efectiva, consagrado en el apdo. 1 del artículo 24 de la Constitución Española, en la medida en que implicaba una represalia prohibida por la garantía de indemnidad.

(…)

A juicio del tribunal, la razón de ser de la garantía de indemnidad reside en evitar el llamado «efecto desaliento» que se produciría si los trabajadores quedaran desprotegidos frente a eventuales represalias empresariales, lo que supondría un grave obstáculo en el ejercicio de sus derechos y alejaría a los empleados de las vías de defensa de sus intereses legítimos.

(…)

Cabe señalar que la sentencia del Tribunal Constitucional no solo ratifica el reconocimiento judicial previo, sino que amplía el alcance interpretativo de la garantía de indemnidad, afianzando la protección de los trabajadores frente a represalias empresariales, no solo cuando acudan directamente a los órganos judiciales, sino también cuando recurran a los canales internos de representación laboral, reforzando así los mecanismos de defensa y protección de los derechos laborales.

Lea la noticia completa en Iberley, 12-09-2025

Consulte la Nota informativa del Tribunal Constitucional (10-09-2025)

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