2022
Condenan a una empresa por cancelar el pago del ADSL a una liberada sindical
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha confirmado la condena a Campsa por discriminar a una liberada sindical a la que dejó de pagar la conexión a internet al entender que no tenía que compensarle dicho gasto. La empresa tendrá que indemnizar a la trabajadora con 486 euros por los perjuicios materiales causados más 3.000 euros por los daños morales.
Pese a haber firmado un acuerdo individual de teletrabajo, en el que la compañía se comprometía al abono del ADSL, Campsa suprimió unilateralmente el pago respecto de tres liberados sindicales con el argumento de que no usaban internet para tareas de la empresa. Todos ellos estaban exentos para realizar su labor de representación y defensa de los trabajadores.
El fallo, recurrible en casación, considera que la decisión de la mercantil perjudicó a la empleada por ser liberada sindical, obstaculizando su actividad y penalizándola por ello. Se produjo, concluyen los magistrados, un ataque a la libertad sindical de la trabajadora, quien, además, sufrió daños morales indemnizables.
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