2015
Aumentan las indemnizaciones por despido
El pasado 29 de septiembre el Tribunal Supremo dictaba una sentencia en materia de despido en la que facilitaba una interpretación de la Disposición Transitoria 5ª. 2 del Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, que chocaba con la efectuada mayoritariamente hasta el momento por la práctica totalidad de las empresas y profesionales del derecho laboral.
El Supremo estima los recursos de casación interpuestos por dos trabajadoras que fueron objeto de un despido colectivo reconociéndoles que el cálculo del importe indemnizatorio en caso de despido improcedente no debe ser de 720 días, sino el establecido en la Disposición Transitoria ya mencionada.
Las empleadas entendían que la sentencia que recurrían, había aplicado, en el cálculo de sus indemnizaciones por despido declarado improcedente, el límite de 720 días, sin diferenciar la extensión de los periodos de tiempo trabajados antes y después de la reforma laboral de 2012.
El alto Tribunal les daba la razón al considerar que, para calcular debidamente la indemnización por despido en estos casos, es obligado diferenciar el doble cálculo indemnizatorio que regula la norma.
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